ACUERDO ENTRE EL CLIENTE Y LA ABOGADA  


Bernadette Bautista ("Abogada") y ("Cliente") acuerdan que la Abogada proporcionará servicios legales al Cliente en los términos que siguen: 
 
1. CONDICIONES 
Este Acuerdo no entrará en vigencia, y la Abogada no tendrá la obligación de proporcionar servicios legales hasta que: (a) el Cliente devuelva una copia firmada de este Acuerdo: y (b) la Abogada reconozca la aceptación de la representación al firmar este Acuerdo y devolver un copia totalmente ejecutada al cliente. Cuando se cumplan estas condiciones, este Acuerdo se considerará efectivo.   
 
2. ALCANCE DE LOS SERVICIOS Y DEBERES DEL ABOGADO 
El Cliente contrata a la Abogada para revisar los detalles del caso, solicitar expedientes y información según sea necesario y, si a juicio profesional de la Abogada los hechos, las pruebas, la ley y la posible recuperación lo justifican, enviar cartas de demanda y/o presentar y perseguir un reclamo en el tribunal civil o ante el Comisionado Laboral de California (DLSE). La Abogada conserva plena discreción para determinar hasta qué punto investigar, si enviar una demanda y si presentar o continuar un caso, con base en su evaluación continua de su solidez jurídica y fáctica, de las pruebas de apoyo y de su viabilidad económica en general.
 
La Abogada solo prestará los servicios legales descritos anteriormente. Este Acuerdo no cubre la representación en apelaciones, en procedimientos de cobro después de una sentencia ni en procedimientos relacionados con la renovación de una sentencia. Se requerirá un acuerdo escrito separado para estos servicios o para servicios en cualquier otro asunto no descrito anteriormente. Este Acuerdo tampoco incluye defender al Cliente contra, ni representarlo en, ningún reclamo que se presente en su contra como demanda cruzada (cross-claim) o contrademanda (counter-claim) en el caso del Cliente. Si posteriormente surge cualquiera de estos asuntos, la Abogada y el Cliente negociarán un acuerdo separado si ambos convienen en que la Abogada realizará ese trabajo legal adicional, o bien el Cliente contratará a un abogado distinto para la demanda cruzada, contrademanda o trabajo legal adicional.
 
3. DEBERES DEL CLIENTE 
El cliente se compromete a ser veraz con la Abogada y no a retener información, incluso si la información es perjudicial al caso del Cliente. Además, el Cliente acepta cooperar, mantener informada a la Abogada de cualquier información o desarrollo que pueda llamar la atención del Cliente, cumplir con este Acuerdo y mantener a la Abogada informada de la dirección, número de teléfono y paradero del Cliente. El cliente asistirá a la Abogada proporcionando oportunamente la información y los documentos necesarios. El Cliente acepta comparecer en todos los procedimientos legales cuando la Abogada lo considere necesario y, en general, cooperar plenamente con la Abogada en todos los asuntos relacionados con la preparación y presentación de los reclamos del Cliente.  
 
4. HONORARIOS LEGALES 
La Abogada solo será compensada por los servicios legales si se obtiene una recuperación para el Cliente. Los honorarios que se pagarán a la Abogada serán un honorario de contingencia del 33% de la recuperación neta por todo el trabajo realizado hasta, pero sin incluir, la audiencia o el juicio. El término “recuperación neta” significa: (1) el monto total recibido por acuerdo, laudo arbitral o sentencia, incluyendo cualquier adjudicación de honorarios y/o costos de abogado, menos (2) todos los costos y desembolsos adelantados descritos en el Párrafo 6.
 
Si se obtiene una recuperación, la Abogada será reembolsada primero por todos los costos y desembolsos adelantados, y la recuperación neta restante se distribuirá 67% para el Cliente y 33% para la Abogada.
 
Si el asunto procede a audiencia o juicio, el honorario de contingencia aumentará al 40% de la recuperación neta. El honorario aumentado se aplicará sin importar si el caso se resuelve en o después de la audiencia/juicio, incluso si llega a un acuerdo después de que hayan comenzado los preparativos para el juicio
 
5. NEGOCIABILIDAD DE COBROS LEGALES 
El Cliente entiende que los cobros establecidos anteriormente no están establecidos por ley, pero son negociables entre la Abogada y el Cliente. 
 
6. COSTOS Y GASTOS DE LITIGIO 
La Abogada, en su discreción, puede avanzar los costos y gastos en relación con los servicios previstos en este Acuerdo. La Abogada y el cliente en sus discreciones, juntos pueden avanzar los costos y gastos en relación con los servicios previstos en este Acuerdo. La Abogada no tiene ninguna obligación de avanzar los costos y gastos. Si algunos costos y gastos son avanzados, esto no crea una obligación adicional para seguir avanzando los costos y gastos. El cliente acepta reembolsarle a la Abogada todos los costos y gastos incurridos en relación con este asunto según el acuerdo descrito en el párrafo 4.   
 
Los costos y gastos de litigio comúnmente incluyen honorarios judiciales, honorarios del jurado, cargos por servicios procesales, honorarios de reporteros judiciales y de depósito, honorarios de intérpretes/ traductores, costos de fotocopias y reproducción externas, honorarios de notario, cargos telefónicos de larga distancia, mensajería y otros gastos de envío , gastos de envío, gastos de depósito, gastos de viaje, incluidos estacionamiento, kilometraje, transporte, comidas y gastos de hotel, gastos de investigación, consultor, testigo experto, mediador profesional, árbitro y/o honorarios especiales de maestro y otros artículos similares. Los cargos internos se facturan con las siguientes tarifas: (1) millaje: tarifa de millaje estándar del IRS; (2) impresión interna y fotocopia - $ 0.20 centavos por página en blanco y negro, $ 1.00 por página en color; (3) el facsímil cobra $ 1.00 por página; (4) servicios de mensajería - al costo; (5) franqueo al costo; y (6) investigación legal computarizada al costo. 
 
Para ayudar en la preparación o presentación del caso del Cliente, puede ser necesario contratar testigos expertos, consultores o investigadores. La Abogada seleccionará y contratará a los testigos expertos, consultores o investigadores, y el Cliente será informado de las personas elegidas y sus cargos. El cliente autoriza a la Abogada a incurrir en todos los costos razonables y a contratar a los investigadores, consultores o testigos expertos que sean razonablemente necesarios a juicio del abogado. La Abogada obtendrá el consentimiento del Cliente antes de incurrir costos superiores a $ 1,000.00.
 
7. OTRAS COBROS LEGALES 
 
A. Pago De Los Honorarios Y Costos Del Abogado Del Demandado      
Si el caso procede a la corte o arbitraje y el Cliente pierde su caso, el tribunal le puede ordenar al Cliente que page los honorarios y costos de abogados del demandado. El pago de dichos honorarios y costos de abogados será la responsabilidad exclusiva del Cliente. 
 
B. Premios Judiciales Al Abogado      
El tribunal puede darle un premio monetario a la Abogada como resultado de descubrimiento o de otras sanciones. Dichas sanciones generalmente se otorgan para compensar a la Abogada por un tiempo y esfuerzo extraordinario que obligo a la otra parte a actuar o responder adecuadamente. Cualquier sanción otorgada por el Tribunal o el árbitro es propiedad de la Abogada y no se considera parte de la recuperación por parte del Cliente. 
 
C. Sanciones Monetarias      
El tribunal puede cobrarle sanciones monetarias (incluidos los honorarios y costos de los abogados) al Cliente por conducta de mala fe, incluyendo mala fe durante los procedimientos de descubrimiento antes del juicio, o conducta inapropiada durante o después del juicio.  Pagar la sanción será responsabilidad exclusiva del Cliente.   
 
8. CONSIDERACIÓN DE UN ACUERDO CON EL DEMANDADO 
Uno de los objetivos de la Abogada es obtener el trato máximo posible. En esa medida, la Abogada reclamará la cantidad máxima de salarios, multas y daños en este asunto. Sin embargo, los casos a menudo se resuelven en menos de la mitad de las cantidades reclamadas. Un elemento típico de muchos casos es una mediación en la cual las dos partes negocian en un intento de resolver la disputa por una cantidad aceptable para ambas partes. En estas negociaciones, el Demandado a menudo ofrecerá una cantidad menor que la cantidad reclamada en este asunto. En esos casos, el Cliente tendrá que decidir si desea aceptar la cantidad final ofrecida, o proceder a una audiencia con un juez que puede o no decidir el caso a favor del Cliente. Un cliente debe decidir si acepta la oferta final del Demandado o corre el riesgo de proceder a la audiencia / juicio y perder.
 
La Abogada le informará si la oferta del Demandado es razonable, la Abogada no hará ningún acuerdo o compromiso de ninguno de los reclamos sin la aprobación del Cliente. El cliente se reserva el derecho absoluto de aceptar o rechazar cualquier acuerdo.
 
Sin embargo, el hecho de que un Cliente no acepte una oferta que el Abogado considere razonable puede constituir una buena causa para que el Abogado se retire. Como se indica a continuación en el párrafo 14, en caso de retiro del Abogado con buena causa, el Cliente seguirá obligado a pagarle al Abogado todos los costos y gastos incurridos antes del retiro, y en el caso de que haya una recuperación neta obtenida por el Cliente después de la conclusión de los servicios del Abogado, el Cliente sigue obligado a pagarle al Abogado el valor razonable de todos los servicios prestados desde la fecha de vigencia de este Acuerdo hasta la fecha de retiro.
 
Si un Cliente rechaza una oferta de conciliación que el Abogado considera razonable y el Abogado acepta continuar con la audiencia / juicio, se requiere un pago de $ 1,000 antes del trabajo del Abogado relacionado con la audiencia / juicio. Después de recibir el pago, ya sea que una decisión de audiencia / juicio resulte a favor del Cliente, resulte en contra del Cliente, o finalmente se resuelva, el pago no será reembolsado ni reembolsado.
 
9. RESOLUCIÓN DE CASOS Y PAGO
Los cheques del trato serán escritos a la "Cuenta Legal de la Oficina de Bernadette Bautista" que está registrada en el Colegio de Abogados del Estado de California.  Los cheques se enviarán por correo a la oficina de la Abogada.  Cuando la Abogada reciba los cheques, se depositarán en la cuenta. Puede tomar una o más semanas para que los fondos lleguen a la cuenta.  Cuando los fondos estén disponibles, la Abogada le proporcionará al Cliente un cheque por la cantidad debida debajo del acuerdo descrito en el párrafo 4 anterior.
 
El Cliente entiende que después de la resolución de un caso a través de acuerdo o una decisión de juez o tribunal, puede ser que el demandado no page la cantidad requerida de manera oportuna o no page la cantidad requerida en absoluto. Si se reciben los fondos tarde, los procedimientos descritos en el párrafo anterior serán seguidos. En caso de falta de pago, la Abogada y el Cliente negociarán un acuerdo separado si el Cliente y la Abogada acuerdan que la Abogada realizará el trabajo legal requerido para cobrar los fondos, o el Cliente contratará un abogado separado con respecto al trabajo legal requerido para recuperar la cantidad.    
 
En el caso de un conflicto de honorarios, la Abogada ofrecerá la no vinculante de arbitraje antes de tomar acción para cobrar. La Abogada hará un pago por la cantidad indiscutible y va a mantener la cantidad en disputa en la "Cuenta Legal de la Oficina de Bernadette Bautista."
 
10. NINGUN CONSEJO DE IMPUESTOS 
Se advierte expresamente al Cliente y el Cliente entiende que la Abogada no trabaja o practica en el área de impuestos federales o estatales.   El Cliente reconoce y entiende que cualquier pago realizados por cualquier persona directamente a la Abogada y/o el Cliente, puede considerarse un ingreso imponible para el Cliente de conformidad con las leyes federales y/o estatales. El Cliente también reconoce y comprende que la Abogada no puede y no ofrecerá ningún asesoramiento relacionado con los impuestos con respecto a los pagos realizados por el Cliente a ninguna persona para su liquidación, sentencia, honorarios de abogados y/o costos. El cliente reconoce, además, que la Abogada recomienda de que el Cliente consulte con un contador calificado o abogado de impuestos/asesor para determinar las consecuencias de impuestos de dichos pagos o acuerdos o sentencias, a la mayor brevedad posible.
 
11. CONCLUSIÓN DE SERVICIOS 
Cuando los servicios de la Abogada concluyan, ya sea por completando sus servicios debajo de este Acuerdo, o por despido o retiro, todos sus cobros debajo del párrafo 4 anteriormente se deben inmediatamente. El cliente puede tener acceso a su expediente del caso en la oficina de la Abogada en cualquier momento razonable. Al final del compromiso, la Abogada le devolverá al Cliente todos los documentos originales proporcionados a la Abogada y el Cliente podrá solicitar su expediente completo del caso. Si el cliente no ha solicitado su expediente, y la Abogada no lo ha entregado o dispuesto del expediente consistente con las instrucciones del cliente, la Abogada conservará una copia electrónica del expediente por un período de 2 años después de lo cual la abogada está autorizada por este acuerdo para destruir el expediente. Si el cliente desea que la Abogada mantenga el expediente electrónico durante más de 2 años después de la conclusión de los servicios de la Abogado, se debe hacer un nuevo acuerdo escrito entre la Abogada y cliente. En el caso de que el Cliente solicite que la Abogada transfiera la posesión del expediente al Cliente o otra persona, la Abogada está autorizada a retener copias del expediente. El expediente del caso incluye documentos y propiedad del Cliente según lo definido por las Reglas de Conducta Profesional de California. 
 
12. DERECHO DE RETENCIÓN 
La Abogada tiene un derecho de retención sobre todos y cada uno de los reclamos que están sujetos a la representación del abogado bajo este Acuerdo. El derecho de retención de la abogada será por las sumas adeudadas a la Abogada por los costos no pagados, o los honorarios de la abogada, al finalizar los servicios de la Abogada. El derecho de retención se adjuntará a cualquier recuperación que el Cliente pueda obtener, ya sea mediante laudo arbitral, sentencia, acuerdo u otro. Un efecto del derecho de retención es que la Abogada puede obligar el pago de sus honorarios y costos de la compensación recuperada en nombre del Cliente, incluso si la Abogada ha sido despedida antes del final del caso. En caso de que la Abogada se retire de representar al Cliente sin causa, la Abogada no tendrá ningún derecho de retención por sus honorarios. El derecho de retención existirá y se adjuntará a cualquier recuperación solo por los costos ya adelantados por la Abogada de conformidad con el párrafo 6. Debido a que un derecho de retención puede afectar los derechos de propiedad del Cliente, el Cliente puede buscar el consejo de un abogado independiente de su elección antes de aceptar dicho derecho de retención.  
 
13. DESPIDO Y RETIRO 
El cliente puede despedir a la Abogada en cualquier momento por escrito. La Abogada puede retirarse de este compromiso en cualquier momento con el consentimiento del Cliente o por una buena causa. La buena causa incluye, pero no se limita a: la insistencia del cliente en presentar una reclamación o defensa no garantizada por la ley existente y no respaldada por argumentos de buena fe para una extensión, modificación o revocación de la ley existente; el plan del cliente de seguir un curso de conducta ilegal; incumplimiento de los consejos del abogado; falta de pago de tarifas de acuerdo con este contrato descrito en el párrafo 4 anterior; la negativa del cliente de permitir la participación de la Abogada o la búsqueda de servicios legales que la Abogada considere necesarios para el desempeño efectivo de este compromiso; la interferencia del cliente de cualquier naturaleza en el ejercicio de análisis y juicio independientes en la formación y la presentación de las opiniones requeridas por este Compromiso; o cualquier otra conducta que haga irrazonablemente difícil para la Abogada llevar a cabo este Compromiso de manera efectiva. 
 
Si el Cliente proporciona un aviso de despido, el Cliente seguirá obligado a pagarle a la Abogada por todos los costos y gastos incurridos antes de la terminación y, en el caso de que el Cliente obtenga una recuperación neta después de la conclusión de los servicios de la Abogada, el Cliente permanece obligado de pagarle a la Abogada el valor razonable de todos sus servicios desde la fecha de vigencia de este Acuerdo hasta la fecha de despido.  
 
En caso de retiro de la Abogada con el consentimiento del Cliente o por una buena causa, el Cliente seguirá obligado a pagarle a la Abogada todos los costos y gastos incurridos antes del retiro, y en el caso de que haya una recuperación neta obtenida por el Cliente después de la conclusión de los servicios de la Abogada, el cliente sigue obligado a pagar a la Abogada el valor razonable de todos sus servicios desde la fecha de vigencia de este Acuerdo hasta la fecha de retiro.  
 
En el caso de que la Abogada se retire voluntariamente de representar al Cliente sin causa, la Abogada renuncia y no tendrá derecho a que se le pague sus honorarios por parte del Cliente, pero tendrá derecho a recibir un reembolso por los costos y gastos incurridos por la Abogada. 
 
14. DESCARGO DE RESPONSABILIDAD DE GARANTÍA 
Nada en este Acuerdo y nada en las declaraciones de la Abogada al Cliente se interpretará como una promesa o garantía sobre el resultado de este asunto. La Abogada no hace tales promesas o garantías. Los comentarios de la Abogada sobre el resultado de este asunto son solo expresiones de opinión, no son promesas ni garantías, y no se interpretarán como promesas o garantías. Una estimación de los costos y gastos dada por la Abogada no será una limitación de los costos y gastos ni una garantía de que los costos y gastos no excederán la estimación. Los costos y gastos reales pueden variar significativamente de una estimación.   
 
15. ARBITRAJE DE DISPUTAS 
A. Cualquier disputa entre las partes con respecto a la construcción, aplicación o desempeño de cualquier servicio debajo de este Acuerdo, y cualquier reclamo que surja de o relacionado con este Acuerdo o su incumplimiento, incluyendo, entre otros, reclamos por incumplimiento de el contrato, la negligencia profesional, el incumplimiento del deber fiduciario, la tergiversación, el fraude y las disputas relacionadas con los honorarios de abogados y/o los costos y gastos cobrados debajo de este Acuerdo (excepto lo dispuesto en el párrafo B que sigue) se someterán a un arbitraje vinculante a solicitud escrita de una de las partes después del servicio de esa solicitud a la otra parte. Las partes nombrarán a una persona para escuchar y determinar la disputa. El proveedor de arbitraje será el Servicio de Mediación de Arbitraje Judicial (JAMS) cuyas reglas regirán el arbitraje. El Abogado y el Cliente tendrán derecho de descubrimiento en relación con cualquier procedimiento de arbitraje de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil, Sección 1283.05. El árbitro carecerá de jurisdicción para otorgar daños punitivos, restitución o cualquier otro remedio que no sean los daños reales, si se demuestra la responsabilidad. Cada parte asumirá sus propios costos, gastos, honorarios de abogados y una parte igual de los honorarios de los árbitros y administrativos. El lugar para el arbitraje y cualquier procedimiento posterior a la adjudicación para confirmar, corregir o anular la adjudicación será el condado de San Diego o de Orange, California. El cliente y el abogado confirman que aceptan voluntariamente un arbitraje vinculante. Al hacerlo, el Cliente y la Abogada renuncian voluntariamente a los derechos constitucionales importantes para ser juzgados por un juez o jurado, así como a los derechos de apelación.  
 
B. Las partes reconocen que en cualquier disputa sobre los honorarios de abogados, costos o ambos sujetos a la jurisdicción del Estado de California sobre los honorarios de abogados, cargos, costos o gastos, el Cliente tiene el derecho de elegir el arbitraje de conformidad con los procedimientos establecidos en Código de Negocios y Profesiones de California, Secciones 6200-6206 (Ley de Arbitraje de Tasas Obligatoria). Si, después de recibir una Notificación del derecho del cliente al arbitraje de honorarios, el Cliente no elige proceder con los procedimientos de la Ley de arbitraje de honorarios obligatorios al no presentar una solicitud de arbitraje de honorarios dentro de los 30 días, cualquier disputa sobre honorarios, cargos, costos o gastos, se resolverá mediante un arbitraje vinculante de conformidad con las disposiciones del párrafo A. El arbitraje de conformidad con la Ley de arbitraje de honorarios obligatorios no es vinculante a menos que las partes acuerden por escrito, después de que haya surgido la disputa, estar obligados por el laudo arbitral. Los procedimientos de la Ley de arbitraje de honorarios obligatorios permiten un juicio en la corte después de un arbitraje no vinculante, o un posterior arbitraje contractual vinculante si las partes han acordado un arbitraje vinculante, si cualquiera de las partes rechaza el laudo dentro de los 30 días posteriores al envío del laudo a las partes.  El Cliente puede consultar con un abogado independiente de elección del Cliente para revisar las disposiciones de arbitraje anteriores y este acuerdo completo, antes de firmar este Acuerdo. 
 
16. DIVULGACIÓN DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL 
De conformidad con la Norma de Conducta Profesional de California 1.4.2. (A), la Abogada está informando al Cliente por escrito que tiene un seguro de responsabilidad profesional.   
 
17. ACUERDO COMPLETO 
Este Acuerdo contiene el acuerdo completo de las partes. Ningún otro acuerdo, declaración o promesa realizada en o antes de la fecha de vigencia de este Acuerdo será vinculante para las partes. Todos y cada uno de los acuerdos orales realizados en o antes de la fecha de vigencia de este Acuerdo se fusionan en este Acuerdo escrito.  
 
18.  CONTRAPARTIDOS
Este Acuerdo puede ejecutarse en contrapartes, cada una de las cuales se considerará original, pero todas juntas, constituirán un mismo acuerdo. 
 
19. DIVISIBILIDAD EN CASO DE INVALIDEZ PARCIAL 
Si alguna disposición de este Acuerdo se considera total o parcialmente cancelado por algún motivo, el resto de esa disposición y de todo el Acuerdo serán separables y seguirán vigentes.  
 
20. MODIFICACIÓN POR ACUERDO POSTERIOR 
Este Acuerdo puede ser modificado por acuerdo posterior de las partes solo por un instrumento por escrito firmado por ambas partes. 
 
21. FECHA EFECTIVA 
Este Acuerdo regirá todos los servicios legales realizados por la Abogada en nombre del Cliente a partir de la fecha en que la Abogada realizó por primera vez los servicios. La fecha del Acuerdo es solo para referencia. Incluso si este Acuerdo no entra en vigencia, el Cliente estará obligado a pagarle a la Abogada el valor razonable de cualquier servicio que la Abogada pueda haber hecho por el Cliente.
 
22.   DIVULGACIÓN Y CONSENTIMIENTO DE CLIENTES CONJUNTOS/MÚLTIPLES
El Cliente, con otros, ("Clientes Conjuntos") le ha pedido a la Abogada que los represente conjuntamente en este asunto.   La representación conjunta puede dar lugar a ventajas económicas o tácticas, pero también implica riesgos y posibles conflictos de intereses.  Las Reglas de Conducta Profesional de California requieren que antes de que un abogado pueda representar simultáneamente a dos o más clientes en un asunto, el abogado debe: (1) informar a cada cliente por escrito de las circunstancias relevantes y de lo real y razonablemente previsible consecuencias adversas para cada cliente derivadas de la representación conjunta propuesta, y (2) obtener el consentimiento informado por escrito de cada cliente.   
El propósito de esta divulgación es establecer posibles conflictos de intereses relacionados con la representación conjunta propuesta, y lo que el Abogado percibe como las circunstancias pertinentes y las consecuencias adversas reales y/o razonablemente previsibles.  Suponiendo que los Clientes proporcionen su consentimiento informado por escrito, la Abogada se compromete a representar a los Clientes Conjuntos. La Abogada entiende que este acuerdo es deseado por los Clientes Conjuntos como un medio para asegurar la ventaja económica y táctica de la representación conjunta. 
La ley de California y el Artículo 1.7 de las Reglas de Conducta Profesional requieren que los Abogados proporcionen una divulgación por escrito de cualquier consecuencia adversa real y razonablemente previsible que surja de la representación conjunta propuesta, y que obtengan la información informada de todos los clientes por escrito a la representación conjunta.  Si los abogados no perciben ninguna consecuencia adversa real o razonablemente previsible en este momento, los Clientes deben considerar las siguientes consecuencias adversas potenciales antes de dar su consentimiento a la representación conjunta propuesta:    
(1) Cuando un abogado representa a un solo cliente, no hay preocupación con respecto a las lealtades compartidas o divididas; más bien todos los esfuerzos del abogado se centran en representar los intereses de ese cliente.  Cuando un abogado representa a dos o más clientes en el mismo asunto, el abogado actúa para proteger los intereses de cada cliente, lo que puede resultar en lealtades divididas, o al menos compartidas, de abogado-cliente.   Pueden surgir problemas en cuanto a qué representación del Abogado de cualquier cliente puede estar limitada por la representación del Abogado de cualquier otro cliente conjunto.  Si ni el Abogado ni los Clientes son conscientes de tales problemas en este momento, la lealtad dividida siempre es un riesgo en caso de representación conjunta.  
 
(2) Los abogados deben a los clientes el deber de preservar secretos y comunicaciones confidenciales, a menos que ese deber sea excusado por la Ley de Abogados del Estado, las Reglas de Conducta Profesional u otra ley. Cuando un abogado representa a más de un cliente en un asunto, de conformidad con el Código de Evidencia no 962 y el caso de California, la ley no existe un privilegio abogado-cliente con respecto a las comunicaciones que tienen lugar entre cualquiera de los Clientes Conjuntos y el abogado en caso de que cualquiera de los Clientes Conjuntos tienen alguna vez una disputa en la que esas comunicaciones son relevantes.  El abogado tiene el deber de mantener a todos los Clientes Conjuntos razonablemente informados de los acontecimientos significativos.  Cualquier información que cualquiera de los Clientes Conjuntos revele al Abogado durante el curso de la representación conjunta puede ser revelada a los clientes representados conjuntamente durante el curso de la representación conjunta.
 
(3) Pueden surgir conflictos, en particular con respecto a: (a) estrategias de litigio que puedan afectar a diferentes clientes de manera diferente; y (b) problemas de solución, en la medida en que los Clientes Conjuntos pueden tener ideas diferentes con respecto a la propiedad de la solución.  En este punto, el Abogado no tiene suficiente información para evaluar si una posible solución presenta un conflicto entre los intereses de los Clientes Conjuntos.  Si el Abogado percibe que hay un conflicto con respecto a una demanda de liquidación o estrategia de litigio, puede haber una necesidad de clientes conjuntos para consultar a un abogado independiente.
 
(4) La representación conjunta también puede crear un problema con respecto a la custodia, o control, del archivo original cuando termina una relación abogado-cliente.  Al firmar este acuerdo, cada uno de ustedes acepta que si el Abogado deja de representar a uno de ustedes, pero continúa representando a los otros, los clientes representados por el Abogado tienen derecho a mantener la custodia o el control del archivo original.  La otra parte o partes tienen derecho a una copia de los materiales y la propiedad del Cliente según se define en la Regla 1.16(e)(1) de las Reglas de Conducta Profesional.
 
(5) En caso de disputa o conflicto entre cualquiera de los Clientes Conjuntos, existe el riesgo de que el Abogado pueda ser descalificado de representar a uno o más de los Clientes Conjuntos o que de otra manera pueda ser inapropiado para que el Abogado continúe con la representación sin el consentimiento por escrito de cada uno de los Clientes Conjuntos. Por ejemplo, si no hay suficiente seguro para cubrir los daños de cada cliente, puede haber disputas sobre cómo asignar los ingresos del seguro entre los Clientes Conjuntos.
 
A este momento, sin embargo, el Cliente entiende y acepta que la Abogada no está asumiendo la representación conjunta de ninguna otra persona o entidad en este asunto, y que la representación de la Abogada conforme a este Acuerdo es únicamente en nombre del Cliente. Si en el futuro la Abogada determina que la representación conjunta pudiera ser beneficiosa o necesaria, la Abogada no asumirá dicha representación conjunta a menos y hasta que todos los clientes afectados firmen una divulgación por escrito separada sobre la representación conjunta y otorguen su consentimiento informado por escrito. El Cliente reconoce que, si dicha solicitud surge en el futuro, el Cliente deberá considerar cuidadosamente los riesgos descritos anteriormente y se le recomienda consultar con un abogado independiente antes de otorgar su consentimiento.
 

Reconocimiento de Puntos Clave

Entiendo que los honorarios de la Abogada son el 33% de la recuperación (antes de una demanda) o el 40% (si se presenta una demanda), calculados sobre la Recuperación Neta (el monto total recaudado menos los costos y gastos). Si no se obtiene ninguna recuperación, no debo honorarios legales.

Entiendo que los cheques de liquidación se depositan primero en la Cuenta de Fideicomiso (Trust Account) de la Abogada. Recibiré mi parte de los fondos solo después de que el cheque se haya hecho efectivo en el banco.

Entiendo que ganar un fallo o juicio no garantiza que el demandado pague. Si el demandado se niega a pagar, entiendo que contratar a la Abogada para cobrar la deuda requiere un acuerdo separado.

Entiendo que la Abogada no es experta en impuestos. Soy responsable de consultar a un profesional de impuestos con respecto a cualquier dinero que reciba.

Entiendo que la Abogada retiene plena discreción para determinar hasta qué punto investigar y si continuar con mi caso, basado en la evaluación continua de la Abogada sobre el mérito y la viabilidad económica del mismo. La Abogada puede retirarse en cualquier momento si considera que el caso no es viable, o por otra "buena causa", como la falta de cooperación de mi parte.

Entiendo que cualquier disputa con la Abogada (incluyendo disputas sobre honorarios) debe resolverse mediante arbitraje vinculante.

ACUERDO Y FIRMA

Al firmar a continuación, acepto todos los términos del Acuerdo de Representación detallado arriba Y otorgo la siguiente Autorización para Divulgar Información.

AUTHORIZATION TO RELEASE INFORMATION / AUTORIZACIÓN PARA DIVULGAR INFORMACIÓN

I, , authorize the release to Attorney BERNADETTE BAUTISTA and her authorized representatives of any and all information related to my employment.

Yo, , autorizo la entrega a la Abogada BERNADETTE BAUTISTA y a sus representantes autorizados de toda la información relacionada con mi empleo.

SIGNATURES / FIRMAS: (Client / Cliente), Bernadette Bautista (Attorney / Abogada)

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Signature Certificate
Document name: ACUERDO ENTRE EL CLIENTE Y LA ABOGADA  
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January 17, 2026 10:06 pm PDTACUERDO ENTRE EL CLIENTE Y LA ABOGADA   Uploaded by Mike Dobbles - mdobbles@bautistalawca.com IP 2600:1700:5da0:127f:f458:af16:166a:811f